CONVOCATORIA
(05/12/2024)
Plazo de solicitudes: 10 días hábiles (10 al 23 de diciembre)
La solicitud debe tramitarse por registro electrónico.
Plazas Ofertadas
- Equipo Regional (14 plazas):
- Unidad TEA: 3 plazas AL y 2 plazas OE
- Unidad Conducta: 3 plazas OE y 1 plaza PSC
- Unidad Altas Capacidades: 1 plaza OE
- Área III: 2 plazas OE, 1 plaza AL y 1 plaza PSC1
- Equipos de Orientación Educativa (10 plazas):
- 10 plazas de Audición y Lenguaje distribuidas en diferentes EOEs
Requisitos
*El cumplimiento de estos requisitos se apreciará de oficio por la Administración convocante.
- Requisitos de carácter general:
- Ser funcionaria o funcionario de carrera y estar en situación de servicio activo.
- Pertenecer al cuerpo docente que se indica para cada puesto.
- Tener destino definitivo en un centro educativo público del Principado de Asturias.
- No estar en situación de comisión de servicios en un servicio de orientación educativa, programa o unidad dependiente de la Dirección General de Inclusión Educativa y Ordenación.
- No haber renunciado a una comisión de servicios en un equipo de orientación educativa, programa o en el Equipo Regional, o unidad dependiente de la Dirección General de Inclusión Educativa y Ordenación en los tres cursos escolares previos al de esta convocatoria.
- Requisitos específicos asociados a cada plaza:
- Para las plazas adscritas a las distintas unidades del Equipo Regional (según anexo III), con carácter itinerante (14 plazas):
- Pertenecer al Cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria especialidad orientación educativa/profesorado servicios a la comunidad/Cuerpo de maestros/as de la especialidad de Audición y Lenguaje según a la plaza a la que opten.
- Para las plazas de AL adscritas a los equipos de orientación, con carácter itinerante (10 plazas)
- Pertenecer al Cuerpo de maestros/as de la especialidad de Audición y lenguaje.
Condiciones de permanencia.
- El nombramiento para la plaza correspondiente será en régimen de comisión de servicios hasta el 31 de agosto de 2025, prorrogable por otro año, de conformidad con el artículo 66 de la Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público.
- La renovación estará́ supeditada a las necesidades de la administración educativa, la evaluación positiva del desempeño del puesto y a la solicitud expresa de la persona interesada para su continuidad.
- En el caso de que la plaza que ocupe una persona quede vacante por cese de la comisión de servicios a lo largo del curso escolar, y persista la necesidad de cobertura del puesto, el órgano competente nombrar en comisión de servicios a otra persona siguiendo el orden de la lista de reservas.