Cuota sindical de ANPE: desgravable en la Declaración de la Renta


08 Abr, 2026

ANPE recuerda a su afiliación que pueden deducir la cuota sindical en la Declaración de la Renta y también los gastos de defensa jurídica derivados de litigios suscitados con su empleador

Cuota sindical

Sólo es necesario indicar el importe de la cuota pagada en 2025 en el apartado Rendimientos del trabajo, casilla 0014, “Cuotas satisfechas a sindicatos”.

El importe de la cuota anual del año pasado fue de 80 euros. No es necesario presentar ningún certificado acreditativo de su pago.

Como novedad, este año la declaración telemática incorpora una forma más accesible de incorporar tu cuota sindical en las primeras pantallas.

Si en tu caso no aparece, puedes introducirla manualmente en la casilla correspondiente antes de finalizar.

Certificado de retenciones

Se puede consultar y bajar el certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF correspondiente al ejercicio 2025 en la intranet.

Gastos de defensa jurídica

Los gastos deducibles por defensa jurídica que desgravan son aquellos derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con su empleador.

Para esta deducción, marcar la casilla 0016 en el apartado Rendimientos del trabajo.

El límite establecido de deducción por este apartado es de 300 euros anuales.