Varapalo judicial al Principado: el TSJA anula cuatro resoluciones por contravenir el principio constitucional de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública
- La demanda fue presentada por el despacho ovetense García Alonso y Valdeón Abogados, en su condición de servicios jurídicos de ANPE, con la intervención de Lucía García Alonso y Alba Martínez Rubio, a instancia de varios docentes afectados, que se han visto injustamente relegados en las listas de interinos y en la elección de plazas, como consecuencia de la inclusión de docentes sin la titulación universitaria exigida.
- El tribunal reconoce que las citadas resoluciones supusieron un trato desigual, injustificado y discriminatorio hacia los aspirantes que sí cumplían con los requisitos de titulación para impartir docencia.
- Los hechos revelan una quiebra grave del principio de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública.
La Consejería de Educación maniobró en agosto de 2024, con el apoyo del resto de sindicatos en la Mesa Sectorial, excepto ANPE, para publicar cuatro resoluciones a fin de permitir la inclusión “a calzador” en los listados de interinos de varios profesores que carecían de la titulación universitaria exigida para ello, resoluciones que han quedado todas ellas anuladas.
La demanda fue presentada por el despacho ovetense García Alonso y Valdeón Abogados, en su condición de servicios jurídicos de ANPE, con la intervención de Lucía García Alonso y Alba Martínez Rubio, a instancia de varios docentes afectados, que se han visto injustamente relegados en las listas de interinos y en la elección de plazas, como consecuencia de la inclusión de docentes sin la titulación universitaria exigida.
El TSJ de Asturias ha estimado las demandas por vulneración del principio constitucional de igualdad (art. 14 CE) en relación con el derecho de acceso en condiciones de igualdad a la función pública (art. 23.2 CE), decisión judicial que supone un varapalo para la Consejería de Educación y sus servicios jurídicos, que informaron favorablemente de una medida a la que se le veían las costuras, por irregular, de lo que ANPE advirtió reiteradamente, según consta en las actas oficiales.
Consecuencias
Los afectados tendrán ahora derecho a reclamar indemnizaciones por daños y perjuicios por haber tenido que optar por plazas peores o sencillamente por haber quedado sin contrato, en beneficio de los docentes sin la titulación universitaria exigida.
La sentencia impide de facto la contratación de este profesorado sin titulación universitaria, excepto que el Principado recurra en casación al Tribunal Supremo.
En ese caso, las indemnizaciones finales, en su caso, serán mayores y los servicios jurídicos de ANPE estudiarán la posibilidad de solicitar las costas por mala fe procesal.
Resoluciones anuladas
- Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de agosto de 2024, de modificación del Acuerdo de Interinidad de 2014.
- Resolución de 6 de agosto de 2024, por la que se aprueba el procedimiento excepcional.
- Resolución de 16 de agosto de 2024, que aprueba el listado definitivo de admitidos y excluidos en el procedimiento excepcional.
- Resolución de 19 de agosto de 2024, de convocatoria de necesidades y adjudicación de plazas.
ANPE reclama responsabilidades
El sindicato considera que los hechos revelan una quiebra grave del principio de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública, y emplaza a la Consejería a abstenerse de recurrir una sentencia sólida en su contenido jurídico y profundamente lesiva para los derechos del personal docente interino.
Esta victoria judicial refuerza el compromiso de ANPE con una educación pública de calidad, donde la legalidad, la transparencia y la igualdad de oportunidades son irrenunciables.