¿Quieres conocer los permisos y licencias que te corresponden como docente funcionario de la enseñanza pública?
ANPE te informa de los trámites y concesiones de permisos y licencias en las diferentes Comunidades Autónomas.
La normativa de carácter general sobre jornada, horarios, vacaciones, permisos y licencias está recogida en los Capítulos III y IV de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias, si bien en su artículo primero, apartado tres, recoge que se podrán dictar normas específicas para adecuar su aplicación a las peculiaridades del personal docente, investigador y sanitario.
La disposición adicional primera de la Ley 18/1999, de 31 de diciembre, establece que, de conformidad con el artículo 14 de la citada Ley 3/1985, los órganos competentes de la Comunidad Autónoma establecerán las normas específicas y propias aplicables al personal de los cuerpos docentes, incluido todo el personal de la Inspección educativa, que pase a prestar sus servicios en la Administración del Principado de Asturias y que en tanto no se establezca dicha regulación en el marco de las competencias estatutariamente asumidas y de conformidad con la normativa básica del Estado, dicho personal mantendrá el régimen jurídico, económico y las condiciones de trabajo establecidas en la normativa estatal aplicable.
Recientemente ha entrado en vigor el Acuerdo de 30 de abril de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa General de negociación de la Administración del Principado de Asturias en materia de horario, vacaciones, permisos y régimen de ausencias de sus empleados públicos (BOPA de 3 de mayo).
La cláusula 1.3 b) de este Acuerdo dice que es aplicable al personal funcionario docente que preste sus servicios en centros educativos vinculados al calendario escolar se regirá por lo en él previsto, con las particularidades que en su caso se determinen y siempre que no contravenga su normativa específica, y que, no obstante, no les será de aplicación lo dispuesto en sus cláusulas segunda y quinta.
Por último, el Decreto 72/2013, de 11 de setiembre, modificado por Decreto 1/2016, de 27 de enero, aprobó el Reglamento de Jornada, horario, vacaciones y permisos de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos (BOPA de 18 de setiembre), siendo aplicables a este colectivo, con las particularidades que en su caso se determinen, los siguientes artículos: el apartado 7 del artículo 2, el artículo 9, a excepción del párrafo segundo del apartado 1, los artículos 11 a 13, ambos incluidos, el artículo 14, excepto su apartado 1, y los artículos 15 a 17, ambos incluidos.
Este Decreto ha sido modificado por el Decreto 1/2016, de 27 de enero, de 27 de enero, lo que conlleva la modificación parcial del ámbito subjetivo incluido en el mencionado artículo 1.2, b), por lo que al personal docente que preste sus servicios en centros educativos vinculados al calendario escolar, con las particularidades que en su caso se determinen, se le aplican los siguientes artículos: el apartado 7 del artículo 2, el artículo 9, a excepción del párrafo quinto (antes segundo) del apartado 1, los artículos 11 a 13, ambos incluidos, el artículo 14, excepto su apartado 1, y los artículos 15 a 17, ambos incluidos.
Normativa: Horario, Vacaciones, Permisos y Ausencias.
Debido a los costantes cambios en la normativa, y a la falta de actualización de la misma por parte de la Consejería, si tienes consultas más concretas sobre algún punto te recomendamos ponerte en contacto con nosotros a través de los canales anunciados en esta página.
PINCHA EN LA IMAGEN
Instrucciones para la aplicación del complemento a la prestación económica en situación de I.T.
Normativa
- Guía informativa para los centros docentes sobre las instrucciones para la aplicación del complemento a la prestación económica en situación de incapacidad temporal y otras situaciones de ausencias y permisos. Ver documento adjunto
- El art. 9 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad (BOE 14/7/2012) regula las prestaciones económicas en las situaciones de incapacidad laboral.
El próximo jueves 23 de mayo a las 18:00. Imparte: David Martín Espinosa, delegado de ANPE Asturias
Jueves 3 de febrero a partir de las 18h, a través de TEAMS
Existe una serie de modificaciones del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público dentro de los Presupuestos Generales del Estado
Como consecuencia de cierre de centros, confinamientos totales o parciales, brotes en aulas o centros, suspensión de actividades escolares y otras similares
Licencias sin retribución.
Instrucciones sobre permisos
Se convocan 77 licencias por estudios, sin retribución, para el curso 2020-2021
Régimen de permisos por razones electorales
Se adapta la normativa en materia de vacaciones, permisos, y otros aspectos relativos a las condiciones de trabajo para dar cabida al nuevo permiso de paternidad
Listado personas admitidas y excluidas para las licencias por estudios 2019-2020